miércoles, 28 de mayo de 2014

Reseñas Críticas

Otra herramienta fundamental en nuestra clase de BTIV, fue sin duda, la reseña crítica, la cual nos permitió hacer análisis y comparar a los diferentes autores en torno a sus opiniones sobre traducción Jurídica y la inclusión de un nuevo concepto para nosotros como traductores como lo es La Terminología.


1. La Traducción Jurídica, entre la incertidumbre y la realidad

Mayoral Ascencio Roberto, ¿Cómo se hace la Traducción Jurídica?, Granada, España, Universidad de Granada, Noviembre de 2002, Pág 9-14.

Mayoral Asencio argumenta en su trabajo, que son muchos los intentos que se han hecho para tratar de darle una definición concreta a la pregunta ¿Cómo se hace la traducción Jurídica? Pero la gran mayoría han sido fallidos y no se han logrado establecer unos lineamientos que permitan entender como se debe hacer este tipo de traducción. Cita por ejemplo a Alcaraz, 2000; Franzoni 1996 entre otros autores.

No se ha logrado un consenso general porque un texto jamás se llega a considerar completamente jurídico, siempre va a estar inmerso dentro de otras ramas de la traducción, es decir, pueden existir términos económicos, políticos, científicos que limitan en gran parte el accionar sobre lo que se consideraría un texto jurídico. Por otra parte, la traducción no tiene una única forma de hacerse porque varía dependiendo de algunas variables que el traductor aplica a la hora de traducir, puede influir su estado de ánimo, su afinidad con el texto, las exigencias del cliente, el tiempo y la concepción que tenga sobre la traducción. En conclusión, el resultado siempre variará y se acercará a lo que se considera una traducción correcta en la medida que cumpla los parámetros de traducción, por lo tanto, se hablará de que los resultados girarán en torno a un punto central pero nunca llegará posicionarse en tal punto.

Una de las principales características si no la más importante, es la literalidad, pues haciendo traducción literal de lo que se considera un término jurídico se evitará cualquier tipo de tergiversación de la información y se mantendrá fiel a lo que está establecido por la ley para dicho término. Para aclarar un poco el concepto, se debe tener en cuenta que la gran mayoría de los términos son poco flexibles a la hora de buscar una traducción, es decir que en la mayoría de las ocasiones van a significar lo mismo.


En este orden de ideas, no cabe duda que es un trabajo dirigido especialmente para personas que ejercen, estudian o quieren incursionar en el campo de la traducción. Roberto Mayoral es un traductor con un gran recorrido en el tema de la traducción, es Doctor en Traducción e Interpretación con amplia experiencia como traductor jurado y autor varios libros y de más de un centenar de artículos acerca de la traducción, por lo tanto, leerlo resulta una experiencia bastante enriquecedora y confiable,  aunque en partes el artículo resulta un poco confuso debido a la utilización de términos muy técnicos.

Es un trabajo bastante agradable, aunque contiene términos técnicos, resulta un viaje fascinante a través de lo que piensan diferente autores acerca de la traducción jurídica y su maneras de analizarla. En el aparte de traducción íntegra debería profundizarse un poco más para alcanzar a entender la real diferencia con respecto a la equivalencia funcional.


A modo de conclusión, en mi caso, yo nunca había leído sobre traducción jurídica, por lo tanto, no puedo decir que causó en  mi una nueva impresión, o que cambió alguna de mis percepciones, lo tomo simplemente como el inicio de una nueva etapa traductológica que iré  puliendo a medida que pase el tiempo, ojalá en el ámbito laboral para poder contribuir algún día a lograr el objetivo, que es darle a la traducción jurídica un significado concreto.




2. ¿Son suficientes los esfuerzos que se están haciendo en materia de Traducción Jurídica?


Borja Albi Anabel, La Investigación en Traducción Jurídica, Atrio, Granada España, Año 2004, Págs 1-15.

En esta oportunidad, Borja plantea un trabajo en el que hace un análisis acerca de la necesidad de investigar en traducción jurídica y el vacío que aun existe por la no consolidación de un corpus conceptual en el cual se pueda enmarcar la Traducción Jurídica como una ciencia. Lo analiza principalmente desde dos planos, el conceptual y epistemológico, en el que argumenta que los conceptos más relevantes aún no han sido definidos y, por lo tanto, no se puede hacer referencia a ellos de manera apropiada porque carecen de coherencia. El otro punto, es el plano sociológico y de la práctica profesional, en el que plantea que debido a la falta de comunicación entre traductores y clientes y la desfocalización en el establecimiento de unos criterios fundamentales profesionales hacen que se dificulte el proceso de avance hacia el objetivo fundamental.

Por otra parte, nos encontramos con una explicación sobre las prácticas de la investigación aplicada y la investigación teórica y el objeto de la investigación en traducción jurídica, en el que presenta un listado de líneas en investigación jurídica con el ánimo de incentivar la investigación en dicho campo. Por mencionar algunas, tenemos, por ejemplo, “La traducción del género jurídico”, “Función de la traducción jurídica” entre otros y, para finalizar, un análisis sobre el camino que se pretende seguir en investigación sobre Traducción Jurídica.

Es un trabajo un poco flojo, tenía otras expectativas si lo comparamos con el trabajo de Roberto Mayoral, quizá porque el texto de Mayoral es mucho más robusto, si bien habla muy bonito sobre la investigación en el campo de la Traducción Jurídica, resulta poco concreto, se extiende demasiado en puntos que le restan importancia al objetivo principal.


Anabel Borja, al igual que Mayoral, es una traductora con muchísima experiencia en el ámbito de la traducción, ha publicado muchos libros y artículos al respecto, dirige grupos de investigación dedicados exclusivamente a la Traducción Jurídica, por eso, cuando digo que es un texto flojo, no me refiero a que es malo, sino a que quizás habría sido mejor leerlo antes que el otro, porque le restó bastante importancia.

Lo que si es claro, es que los dos autores opinan similar con respecto a al concepto que tienen sobre Traducción Jurídica, coinciden en que los esfuerzos que se hacen por tratar de darle una definición concreto aun no son suficientes y que el trabajo es arduo para lograr tal objetivo.

Para concluir, pienso que los que realmente estamos interesados en el tema de la traducción deberíamos aunar esfuerzos y empezar a cultivar desde la academia semilleros de investigación que apoyen la misión de los que ya trabajan en este campo, porque sin diferentes puntos de vista y opiniones resulta más complicado poder llegar a un consenso.


3. La terminología, esencia del traductor especializado.


Cabré, M.Teresa, El traductor y la terminología: necesidad y compromiso, Barcelona, España, Universidad Pompeu Fabra.

María Teresa Cabré es una doctora en lingüística desde el año 1976, ha desempeñado cargos muy importantes a nivel de dirección, actualmente se desempeña como catedrática de la Universidad Pompeu Fabra y es terminóloga por excelencia con un premio internacional de terminología llamado Eugen_Wüster, de tal manera, que el texto El Traductor y la Terminología: necesidad y compromiso tiene un alto grado de confiabilidad, al igual que el de Mayoral Ascencio.

María Teresa Cabré expone en su trabajo que aún hay muchos estudiantes de traducción que piensan que la terminología no es un valor importante para desempeñar la labor, ella lo que hace es tratar de inculcar en sus educandos que efectivamente la terminología es primordial  para un traductor a la hora de transmitir un mensaje de una lengua x a una lengua y. Como agente y principal responsable de este intercambio es necesario que el traductor se ponga en los zapatos de quien quiere emitir el mensaje y tratar de darlo a conocer al receptor de la manera más clara posible.

Así entonces, la terminología resulta la esencia de un traductor especializado porque este siempre trabaja en un área específica, de ahí el término especializado, bien sea en traducción jurídica, legal, financiera, económica y como tal, debe conocer los términos técnicos y manejar sus glosarios terminológicos para poder ejecutar buenas traducciones.

Es un aspecto unido a la traducción pero que a mi entender se sale un poco de lo que es como tal el proceso traductológico, es un agregado al proceso, a lo que quiero llegar es que un especialista en terminología no necesariamente tiene que traducir porque precisamente su trabajo está en función de ser un terminólogo y no un traductor, entendiendo terminólogo como la persona que se encarga de de definir y encontrarles significado válido a términos específicos en un contexto y campo determinado.
De esta forma, puedo concluir que el texto de Cabré ha contribuido de gran manera a mi formación como traductor porque me permitió entender que la traducción sin terminología se queda en un punto sin salida porque carecería de sentido, para traer solo un ejemplo, podría utilizar algo de lo que hemos visto en clase, el término “Proxy” no tendría un significado explícito si no es porque un terminólogo se puso en el trabajo de buscar una definición adecuada que se ajustara al campo jurídico, lo mismo ocurre con miles de términos especializados, era solo una ilustración para mostrar un poco la importancia de la terminología.


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